Casación No. 57-2014

Sentencia del 02/10/2014

"... La Cámara, al proceder al análisis de la tesis sustentada por la casacionista, establece que esta es insuficiente para efectuarse el análisis correspondiente, pues únicamente se limita a transcribir una serie de artículos que estima infringidos, pero no desarrolla una tesis apropiada para cada uno de ellos, en la cual exponga las razones por las cuales considera que fueron vulnerados ni la incidencia del yerro aludido en la sentencia impugnada, al proceder de esta manera, esta Cámara advierte que el planteamiento del submotivo adolece de falencias que se traducen en imposibilidad para entrar a conocerlo, toda vez que no es dable a este Tribunal de casación enmendar de oficio los errores en los que se incurrió al momento de su interposición..."